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complementos alimenticios

A diferencia de los medicamentos, los complementos alimenticios no requieren autorización para su venta. No obstante, las empresas responsables de la comercialización de complementos alimenticios en España tienen la obligación de comunicar expresamente la puesta en el mercado de su producto ante las autoridades competentes con el fin de facilitar su control. Como en el caso de cualquier alimento, las empresas o personas que comercialicen los complementos alimenticios son las responsables de que dichos productos sean seguros y cumplan con la normativa. Los complementos alimenticios siguen las mismas normas sobre controles oficiales que el resto de alimentos en base al riesgo potencial para la salud que puedan presentar. Su denominación legal de venta en España es “complemento alimenticio” y no otras denominaciones como “suplemento alimenticio” o “suplemento nutricional”.

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Creación y revisión de etiquetado

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Creación y revisión de etiquetado

Para lograr una plena protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información, se debe velar por qué los consumidores estén debidamente informados respecto a los alimentos que consumen. Para ello, se establecen una serie de principios y requisitos generales de la legislación alimentaria, y se fijan procedimientos que hay que cumplir, para así evitar cualquier practica que pueda poner en riesgo la salud del consumidor.

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Notificación de puesta en el mercado de complementos alimenticios en Europa

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Notificación de puesta en el mercado de complementos alimenticios en Europa

Para asegurar un control eficaz por parte de los Estados miembros, el operador económico alimentario debe comunicar la puesta en el mercado de determinados productos alimenticios ante las autoridades competentes donde se quiera comercializar el producto. Los complementos alimenticios y todo lo relacionado con alimentación especial, se deben regir por la legislación específica de complementos alimenticios y por la general sobre seguridad alimentaria.

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Obtención de certificado de libre venta en Europa para empresas con Registro Sanitario de la Junta de Andalucía

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Obtención de certificado de libre venta en Europa para empresas con Registro Sanitario de la Junta de Andalucía

El Certificado de Libre Venta es un documento que garantiza que los productos alimenticios elaborados por un establecimiento han sido elaborados por una empresa o establecimiento alimentario que está inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos y por tanto son de libre venta y consumo en la Unión Europea. Las autoridades sanitarias o los propios importadores o importadoras de algunos países requieren que los productos a exportar vayan acompañados de un documento que certifique que estos son de libre venta o comercialización en el país de procedencia. Te permite cumplir con uno de los requisitos para poder registrar tus productos o marcas en otros países.

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Solicitud adjudicación de códigos nacionales de parafarmacia

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Solicitud adjudicación de códigos nacionales de parafarmacia

El Código Nacional de Parafarmacia es un sistema de identificación rápido o herramienta informática, que tiene por objeto ayudar y facilitar la gestión de las oficinas de farmacia en la adquisición de los productos de parafarmacia que se encuentran en el mercado nacional. Se denominan Productos de Parafarmacia, a todos aquellos productos, que, no siendo medicamentos, se consumen, aplican o utilizan por el ser humano y/o sobre el cuerpo, y se ponen a disposición de los usuarios, de conformidad y con arreglo a lo que se establece, en las reglamentaciones técnico-sanitarias específicas de las distintas categorías de productos que existen en el mercado, así como en la normativa general vigente en la materia.

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¿Sabes los beneficios del Código Nacional de Parafarmacia?

¿Sabes los beneficios del Código Nacional de Parafarmacia?

  • Venta en farmacias: Los productos que se vendan en una farmacia deben de tener un código nacional.
  • Cumplimiento de la normativa: El código nacional asegura que el producto cumple con todas las regulaciones.
  • Seguridad del Consumidor: Da confianza al consumidor, sabe que ha pasado todos los registros.

¿Qué reglamentos regulan la comercialización de los Complementos Alimenticios?

¿Qué reglamentos regulan la comercialización de los Complementos Alimenticios?

La comercialización de los complementos alimenticios en España está regulada por el Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios y su posterior modificación, el Real Decreto 130/2018.

¿Qué mensajes puedo poner en el etiquetado?

¿Qué mensajes puedo poner en el etiquetado?

El etiquetado, la presentación y la publicidad de los complementos alimenticios no puede incluir ninguna afirmación que sugiera que una dieta equilibrada y variada no aporta por sí misma las cantidades adecuadas de nutrientes en general. Además, no atribuirá a los complementos alimenticios la propiedad de prevenir, tratar o curar una enfermedad ni se referirá en absoluto a dichas propiedades.

¿Qué información tiene que aparecer en el etiquetado?

¿Qué información tiene que aparecer en el etiquetado?

  • Nombre
  • Modo de uso
  • Dosis recomendada diaria del producto
  • Cantitdad neta
  • Fecha de caducidad
  • Denominación de los nutrientes o sustancias
  • Lote
  • Condiciones de conservación
  • Nombre o razón social
  • Lista de ingredientes